jueves, noviembre 21, 2024
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Importancia de la revisión de datos Electorales y cambio de domicilio Electoral, plazos

por administrador
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La Directora Regional del Servel Atacama, María Isabel Barón Cailly en esta oportunidad y con la necesidad de mantener informada a la comunidad, reitera el llamado a los electores para revisar   y actualizar sus datos electorales, concretamente el domicilio electoral para que el trámite se realice en tiempo y forma.

  ¿Cuándo debe hacerse el cambio de domicilio electoral?

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– El cambio de domicilio electoral se inició el 01 de octubre del año 2022 y será hasta el 26 de enero 2023, cumplido el plazo señalado se extingue toda posibilidad de actualizar los datos electorales, para el proceso del domingo 7 de mayo, en el cual, se eligen los integrantes del Consejo Constitucional.

¿Dónde efectuar el trámite?

– A través del sitio web del Servicio Electoral, para lo cual se requiere clave única, en Chile Atiende, Servicio de Registro Civil al momento de renovar la cédula de identidad o pasaporte y también en forma presencial en cualquiera de las 16 Direcciones Regionales del Servel existentes en el país.     Servel Atacama domicilio en calle Rodríguez N° 669, Copiapó.

 ¿Cuál es la importancia de la revisión y actualización de datos?

– Ello radica en la asignación que debe realizarse del elector por el sistema de “geolocalización” al recinto de votación más cercano a su domicilio electoral, considerando además que el “voto es obligatorio”.  Ley N° 21.524 publicada en el Diario Oficial de fecha 4 de enero 2023, evitando de este modo la aplicación de multa al no cumplir con el deber cívico.

¿Quiénes deben hacer el cambio de domicilio electoral?

– Todos aquellos electores que hayan cambiado su domicilio a otra región del país, a otra comuna dentro de su región u otro lugar dentro de la misma ciudad, quienes han rectificado la partida de nacimiento por algunos de los motivos establecidos en la ley, como cambio de nombre y/o apellidos, cambio registral.  

– El resultado del trámite produce sus efectos entre 20 y 25 días después de realizado.

Efectuado el trámite en comento, ello   permitirá mayor participación ciudadana, facilitando el acceso a los recintos de votación, evitando el desplazamiento innecesario a otros lugares y el costo que significa en tiempo y movilización.

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